El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Osorno, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, condenó a cuatro efectivos de la Policía de Investigaciones, Carabineros y el Ejército en retiro, por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro, secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a María Luisa Fernández Alderete, Bernardino Rivera Altamirano, Carlos Humberto Catepillán Guinao, Guillermo Farías Ruiz, Heriberto Santibáñez Montiel, Jaime Omar Gutiérrez González, José Teodoro Fernández González, Juan Mamerto Ruiz Barría, María Irma Alvarado Barría, Orlando Raúl Arias Muñoz, Osvaldo Rubén Contreras Mansilla, René Alberto Droppelmann Añazco, Roy Roger Arismendi Soto, René Luis Gesell Gesell, Luis Andrés Donoso Naranjo, Ricardo Scheuermann Paredes, Rosa Alba Asencio Toledo, Enrique Chávez Chaura, Sigifredo Alberto Bustamante Silva, Manuel Orlando Villegas Guerrero, Ricardo Delgado Navarro, Sebastián Rodrigo Pietro Henríquez Díaz, Alberto Saúl Oyarzo Groff, Claudio Esaun Oyarzo Groff, José Tabito Ojeda Guzmán, José Germain Rain Ascencio, José Carlos Ortega Vegas, Alfredo Eduardo Cardemil Ramírez, José Héctor Rojas Leiva, José del Tránsito Uribe y Carlos Mascareña Díaz. Ilícitos perpetrados a contar del 11 de septiembre de 1973, en la ciudad de Puerto Montt.
En el fallo (causa rol 10.858), el ministro en visita condenó a los detectives de la Policía de Investigaciones a la época de los hechos, Roberto Javier Díaz Moya a tres penas efectivas de 10 años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados, en carácter de lesa humanidad, de secuestro simple, secuestro con grave daño y apremios ilegítimos o torturas; y a Javier Armando Olavarría Díaz, a 10 años de presidio como autor de secuestro con grave daño, y dos penas de 9 años de presidio, por secuestro y apremios ilegítimos (torturas).
En tanto, el teniente en retiro de Carabineros Carlos Segundo Tapia Galleguillos y el otrora capitán de Ejército Eugenio Adrián Covarrubias Valenzuela deberán cumplir 10 años y dos penas de 8 años de presidio, como autores de los delitos consumados de secuestro con grave daño, secuestro y apremios ilegítimos (torturas), respectivamente.
En el ámbito civil, el tribunal acogió las demandas interpuestas y condenó al fisco a pagar una indemnización total de $2.380.000.000 por concepto de daño moral, a familiares de las víctimas; más las costas de la causa.