En lo que constituye uno de los ejemplos más graves y sistemáticos del impacto de la violencia de género en la provincia de Chiloé, un pescador nuevamente fue detenido y dejado en prisión preventiva por una embestida contra su ex pareja en Quellón. Desde el 2016, son 19 los delitos encausados en su contra, teniendo siempre la misma víctima.

La última arremetida del imputado se produjo en las últimas horas, cuando llegó en estado de ebriedad hasta el domicilio de la mujer de 41 años, emplazado en el sector costero de la ciudad porteña. Todo ello, pese a tener prohibido acercarse a la vecina, en virtud de una sentencia del 26 de febrero por tres ilícitos de lesiones menos graves y otros tres de desacato en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).

Según fuentes policiales, el sujeto de iniciales M. E. M. N. (33) llegó hasta la vivienda de la mujer y ante la negativa para su ingreso, procedió a intimidarla, incluso con quemar el inmueble. Además, habría quebrado un vidrio en su intento por entrar a la fuerza a la casa.

Personal de la Sexta Comisaría de Carabineros local se constituyó ante el denuncio de la afectada, procediendo a la aprehensión del hombre de mar, quien fue puesto a disposición de la justicia.

En audiencia remota efectuada  con el Juzgado Mixto de Quellón, la fiscal (s) Paulina Otero formalizó al isleño por los delitos de desacato, amenazas y daños, acaecidos la mañana del sábado último. Además, encausó una indagatoria por otro desacato y violación de morada, registrados el 12 de junio pasado, como también por un porte ilegal de arma cortopunzante, del 16 de junio.

Como enfatizó la persecutora, se solicitó la cautelar más gravosa por el peligro que constituye la libertad del joven para la seguridad de la pobladora, en lo que calificó un largo historial «de violencia de género marcado por la actitud del imputado de no reconocer el término de la relación con la víctima».

Dentro de los argumentos presentados ante el tribunal, la abogada puntualizó que el pescador tenía una medida accesoria vigente producto de la condena del verano pasado. No podía acercarse a la trabajadora por el plazo de un año. Además, remarcó que nunca entró a cumplir la pena principal tras el juicio abreviado: debía acatar 346 días de reclusión domiciliaria nocturna.

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