La Corte de Apelaciones de Valdivia ratificó este lunes la prisión preventiva del único imputado por el naufragio de la lancha Río Cholguaco, ocurrido el pasado 26 de enero en la comuna de San Juan de la Costa, hecho que dejó siete personas fallecidas y múltiples lesionados.

La decisión se tomó luego de que la defensa del imputado, quien era conductor y patrón de la embarcación, solicitara dejar sin efecto la medida cautelar impuesta previamente por el Juzgado de Garantía de Osorno durante la audiencia de formalización de cargos, como explicó el Fiscal Jefe (S) de Osorno, Carlos Delgado.

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Sin embargo, tras la presentación de los antecedentes por parte del Ministerio Público, la Corte de Apelaciones determinó mantener la prisión preventiva

Según lo informado por la Fiscalía, el tribunal de alzada compartió el criterio de que en este caso se configura un delito bajo la figura de dolo eventual y que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad.

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Con esta resolución, el imputado continuará privado de libertad mientras avanza la investigación del caso, en la que se busca esclarecer las circunstancias del naufragio y eventuales responsabilidades penales en el hecho.

En fallo dividido (causa rol 141-2025), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Marcia Undurraga Jensen, Marcela Araya Novoa y la fiscal judicial Gloria Hidalgo Álvarez– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno.

Decisión acordada con el voto en contra de la fiscal judicial Gloria Hidalgo.

Según el ente persecutor, la empresa de turismo familiar del imputado R.A.P.C, fue contratada por un grupo familiar compuesto por 21 miembros, para ir desde bahía Mansa, comuna de San Juan de la Costa, hasta la caleta Cóndor, comuna de Río Negro, abordó de la embarcación “Río Cholguaco”, con capacidad máxima de 28 pasajeros, tripulación incluida. Las víctimas realizaron el viaje de ida en diversas fechas durante enero, acordando el regreso de todos para el 26 de enero de 2025. En dicha fecha, el imputado zarpó desde bahía Mansa acompañado de una menor de edad, con el objetivo de recoger al grupo familiar, tal como estaba previsto, pero en el viaje de vuelta, el patrón de lancha se detuvo en dos localidades para recoger a más pasajeros, trasladando finalmente a 34 personas, ocho más que la capacidad de carga de la nave. Situación que, junto a las malas condiciones climáticas imperantes, hicieron zozobrar a la embarcación, la que terminó por hundirse. Al percatarse los pasajeros de que la lancha estaba en riego de hundirse, le exigieron al imputado que contactara a la autoridad marítima, pero este los llamó a la calma y les aseguró que todo estaba bien.

Además, R.A.P.C, mantenía la licencia de patrón de lancha vencida y el permiso de zarpe estaba a nombre de su padre, consigna el fallo.

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