El werken del territorio Kunko, Bernardo Rumian, valoró la Resolución Exenta 13.320 del Ministerio de Salud, del 10 de julio de 2020, que adecúa el protocolo de funerales en tiempos de pandemia por Covid 19, en localidades rurales y para familias indígenas.
El protocolo contempló la inclusión el enfoque intercultural, considerando las características del pueblo mapuche huilliche, solicitada por la Mesa de Salud Intercultural de la Región de Los Lagos. A ello se sumó una propuesta de protocolo para funerales de personas mapuche huilliche propuesto por la Conadi, en junio pasado.
Además, se tomaron en cuenta observaciones aportadas por el werken de cacicado del territorio kunko, Bernardo Rumian y, un pronunciamiento del Director Regional del Instituto de Derechos Humanos de Los Lagos, Mauricio Maya, sobre estándares internacionales en materia de funerales.
El nuevo Protocolo, válido en la región de Los Lagos, es para funerales y velorios de la Región de Los Lagos que se lleven a cabo en sectores rurales de la Región y que se refieran a personas pertenecientes a comunidades indígenas tanto territoriales como funcionales durante la Alerta Sanitaria provocado por la Pandemia por COVID 19, en base a cláusulas tales como:
Realizar velatorios y funerales exclusivamente en lugares habilitados para ello, pudiendo efectuarse en sedes sociales o recintos municipales y sólo en caso que no exista dicho recinto se autoriza especialmente velar a las personas en sus hogares, debiendo mantener los concurrentes la distancia social adecuada de un metro y uso de mascarilla obligatorio de acuerdo a la Resolución Nº 520, de fecha 8 de julio de 2020, de la Subsecretaría de Salud pública del Ministerio de Salud.
Así como también la familia deberá mantener el aseo, desinfección y ventilación de los espacios donde se realice el velatorio y una vez terminada la ceremonia, deberá realizarse un aseo terminal de los espacios cerrados donde existió mayor flujo de personas.
Así también, se solicitará a la familia disponer de un espacio exclusivo para la alimentación de los asistentes, instando en todo momento el distanciamiento social y evitando compartir utensilio, manifestó Bernardo Rumian.
Bernardo Rumian señaló que al velatorio sólo podrán concurrir familiares o personas cercanas al difunto y especialmente quien esté a cargo de la ceremonia deberá informar en forma previa la realización del velatorio a la Autoridad Sanitaria y deberá tomar en consideración las limitantes de tiempo: una noche de velatorio, dos horas para el funeral y un máximo de 20 familiares directos, con las medidas de seguridad exigidas.
También se autoriza la asistencia de personas que ayuden el proceso de sepultación de acuerdo con las costumbres propias del pueblo mapuche huilliche
Los permisos deben ser tramitados por la empresa funeraria correspondiente, e informados a la autoridad sanitaria.
En caso que los servicios funerarios no cuenten con el personal necesario para brindar los servicios funerarios en los sectores rurales, deberán proveer de elementos de protección personal a aquellas personas que ayuden en el traslado y manipulación del féretro.
Además, para la coordinación y puesta en marcha de estas adecuaciones culturales se solicitará colaboración a los equipos de Atención Primaria para proporcionar la información necesaria, específicamente a través de los Encargados del Programa Especial de Salud y Pueblos Indígenas (PESPI) de los establecimientos de Salud y/o facilitadores interculturales.
En caso de fallecimiento de autoridades ancestrales del pueblo mapuche huilliche, la autoridad podrá autorizar especialmente la realización de ceremonias respetando el derecho consuetudinario de los pueblos originario