En una audiencia de formalización que se extendió por más de seis horas, este viernes el juez de Garantía de Osorno, Alex Francke, decretó la prisión preventiva para dos de los cuatro imputados en el caso de torturas contra un ex funcionario del Hospital Base San José. Los otros dos involucrados deberán cumplir con la medida cautelar de arresto domiciliario total, además de arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima y su familia. El plazo de investigación se fijó en 100 días.

La fiscal jefe de Osorno, María Angélica de Miguel, explicó que la diferencia en las cautelares obedeció a que dos imputados tuvieron un rol más activo y de superioridad jerárquica en los hechos, mientras que respecto a los otros, el tribunal consideró como atenuantes la colaboración en la investigación y la declaración de la propia víctima, quien exculpó a uno de ellos.

Asimismo, la persecutora aclaró que el Ministerio Público formalizó cargos por el delito de tortura tipificado en el artículo 150 letra A del Código Penal, al considerar que los hechos revelados en los registros audiovisuales constituyen actos degradantes e intimidatorios de extrema gravedad.

Sobre los antecedentes previos, la fiscal De Miguel detalló que en 2020 se registró una denuncia por lesiones contra uno de los imputados, causa que terminó con suspensión condicional, mientras que en 2024 hubo otra por tratos degradantes, sin pruebas ni videos. La fiscalía tomó conocimiento de los registros audiovisuales recién cuando estos fueron difundidos por la prensa.

En paralelo, la Policía de Investigaciones (PDI) informó que, a través de la Brigada de Delitos Sexuales, se realizaron entrevistas, recopilación de antecedentes y análisis de información, lo que fue plasmado en un informe policial entregado al Ministerio Público, como explicó el Subcomisario Gerardo Arismendi.

La investigación contempla además peritajes bajo el Protocolo de Estambul para determinar las secuelas físicas y psicológicas de la víctima, diligencias en los lugares donde ocurrieron los hechos y una indagación paralela sobre la filtración de los videos y el eventual conocimiento previo del Hospital Base de Osorno.

INDH apunta a la gravedad del delito y abogados alegan atenuantes

En la instancia, se sumaron como querellantes el Consejo de Defensa del Estado y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Este último fue representado por la abogada Milena Sánchez, quien explicó que la acción judicial se presentó por el delito de tortura contemplado en el artículo 150 del Código Penal. Agregó que, de acuerdo con los antecedentes, los hechos no se encontrarían prescritos, ya que la norma establece un plazo de diez años.

Por parte de la defensa, el abogado Cristian Rozas, representante del imputado de iniciales J.A.B.G., valoró que el tribunal decretara arresto domiciliario en lugar de prisión preventiva, destacando la actitud colaborativa de su defendido durante la investigación, aportando declaraciones, videos y fotografías relevantes para la causa.

Una situación similar se resolvió para el imputado J.P.A.N.G., quien también quedó con arresto domiciliario tras entregarse voluntariamente y ser exculpado por la propia víctima, como señaló el defensor, Máximo Silva.